El Tribunal Constitucional publicó la sentencia a favor de la libre elección del orden de los apellidos que llevarán los hijos. La decisión fue comunicada el 7 de marzo de este año, luego de que el secretario relator Flavio Reategui sea el último en darle fe a esta medida.
Así, los menores de edad ya no deberán llevar obligatoriamente el apellido del padre en primer lugar. Y es que, gracias a esta resolución del Tribunal Constitucional, la secuencia del mismo podrá ser determinada por ambos progenitores luego de llegar a un acuerdo común.

